domingo, 05 mayo 2024
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tabaco calentado

Limitan en todo el país los “Productos de Tabaco Calentado”

La medida tiene como objetivo restringir el uso de este tipo de productos que se consideran perjudiciales para la salud.

A través de la Resolución 565/2023, publicada hoy en Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación indica que ya no se podrá importar, distribuir, comercializar y publicitar los “Productos de Tabaco Calentado” (PTC).

La medida tiene como objetivo restringir el uso de este tipo de productos, que se consideran perjudiciales para la salud. De esta manera, se busca propiciar que las personas accedan a información confiable y basada en evidencia científica sobre las consecuencias que trae a la salud el consumo de tabaco en todos sus formatos.

Los denominados Productos de Tabaco Calentado utilizan un aparato eléctrico que calienta un cigarrillo especial conteniendo tabaco reconstituido a una temperatura que no llega a producir combustión. Aunque se promueven como productos de riesgo reducido, hasta el momento ningún estudio independiente ha demostrado que sean inocuos para la salud. Por el contrario, algunas investigaciones han comprobado que contienen muchas de las sustancias tóxicas que poseen los cigarrillos comunes, en algunos casos en mayor grado de concentración.

 

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